La persona que haya sido Triunfadorí entregada será mantenida bajo custodia en el Estado Requirente, debiendo ser devuelta al Estado Requerido posteriormente de terminar el proceso contra dicha persona a tenor de las condiciones que se determinen por acuerdo entre las Partes Contratantes. . El Convenio de 1996, está https://cristianrjxlv.blogrenanda.com/35611804/se-rumorea-zumbido-en-orden-de-arresto-internacional