Es lo que se conoce como litigar en causa propia, posibilidad que está contenida en el artículo 33 del Código Procesal del Trabajo: Con fundamento en los hechos expuestos, muy comedidamente solicito al señor magistrado, que previo el registro de mi personería para comportarse como representante de la parte demandante. https://thegreatbookmark.com/story19940255/examine-este-informe-sobre-demanda-laboral-por-falta-de-pago-ejemplo